CONSIDERACIONES DIDÁCTICAS A TENER EN CUENTA EN UN CTEE: PROGRAMACIÓN DE LAS ENSEÑANZAS

 1. PROGRAMACIÓN DE LAS ENSEÑANZAS

Dada la autonomía pedagógica de los centros, éstos deben elaborar (art.15 de las Instrucciones de 24 de mayo de 2005):

1. PEC, que incluye al RRI. Arts. 16 a 18. El PEC incluye la Propuesta pedagógica (con la OFC y las PCE), el Plan de Transición entre etapas y el Proyecto lingüístico (con el Plan Lector). Incluye la adecuación de los objetivos de las etapas.

2. Las diferentes PCE (4 en un CI). Arts. 19 a 24.

3. PP DD.

4. PAT.

5. POAP (Plan de Orientación Académica y Profesional).

Según las Órdenes EFP de 2022, los centros elaboran su Propuesta Pedagógica, que incluye la Oferta formativa del Centro y las PCE, de las que forman parte las PP DD.

La programación general de cada etapa se lleva a cabo mediante la PCE, cuya elaboración será supervisada por la CCP, la cual además coordina y redacta la PC de cada una de las etapas que se imparten en el Centro (4 en Nador, Andorra, Lisboa, Ahucemas, Rabat, etc.), de acuerdo con el currículo oficial, establecido en las órdenes EFP 608, 678, 754 y 755 /2022 respectivamente.

En el proceso de reflexión y discusión, la CCP promueve la participación de todo el profesorado, dedicando especial atención a la integración de los contenidos o saberes básicos que reflejen las señas de identidad cultural del país (tradiciones, geografía e historia del país, geología, flora y fauna de Portugal, literatura lusófona, etc.)

Así mismo, la enseñanza de la LC y de la portuguesa pondrá especial énfasis en las interferencias lingüísticas. Todo ello se incluirá en las respectivas programaciones didácticas. 

La PCE incluirá las directrices de las órdenes mencionadas:

En Infantil incluirá la concreción del currículo, incluyendo las programaciones didácticas de cada ciclo. Las unidades de programación serán integradoras, desarrolladas a través de SdA.

En Primaria, serán modelos abiertos de programación, bajo los principios DUA*.

En Secundaria Obligatoria, también se regirán por los principios DUA.

En Bachillerato, La propuesta curricular tendrá, al menos, los siguientes elementos: 

a) Contextualización del currículo. 

b) Principios metodológicos y didácticos generales. 

c) Medidas de atención a la diversidad, organizativas y curriculares, dirigidas a facilitar el acceso al currículo del alumnado con necesidad específica de apoyo educativo. 

d) Procedimiento de elaboración y evaluación de las adaptaciones curriculares.

 e) Programaciones didácticas. 

f) Criterios para la concesión de mención honorífica y matrícula de honor. 

g) Planes de actuación. 

Teniendo en cuenta lo establecido en el PEC, las PCE adecuarán los objetivos generales de las etapas al contexto del centro y  a las características del alumnado. 

Las PCE y sus modificaciones son aprobados anualmente por el Claustro, y se incorporan a la PGA.

En su elaboración, seguimiento y evaluación se prestará atención a la coherencia entre las etapas. En los CI se establecen mecanismos de coordinación  de la enseñanza de, al menos,  las materias y áreas instrumentales y la lengua extranjera. Esto puede incluir también a otras áreas, como Sociales, Naturales, Música o EF, y se puede realizar mediante reuniones verticales (el mecanismo se detallará en las PCE respectivas). Esta coordinación abarcará desde 1º de Primaria a 2º de Bachillerato. 

Las PCE son evaluados anualmente por el Claustro. 

La CCP, antes del inicio del curso, presenta al Claustro las propuestas de valoración y de modificaciones, para su discusión y aprobación. 

Si se introducen modificaciones, se deben respetar los derechos del alumnado que comenzó antes de dichas modificaciones. 

La Inspección supervisará las PCE para comprobar su adecuación a lo establecido, formula sugerencias e indica las correcciones que procedan.  

Las programaciones didácticas son los instrumentos de planificación curricular específicos para cada una de las áreas (EI y EP), materias (ESO y BAC) y módulos (CFFP). Son elaboradas por los equipos de ciclo en EIP y por los departamentos didácticos en ES, desarrollando los currículos de las órdenes de 2022 mencionadas, y teniendo en cuenta las necesidades y características del alumnado.

Incluirán los siguientes aspectos (art.26 de las Instrucciones, adaptado a la LOMLOE):

a) Objetivos de cada área, materia o módulo para cada etapa.

b) Distribución temporal de los saberes básicos en el ciclo o curso correspondiente.

c) Procedimientos y criterios de evaluación del aprendizaje del alumnado contextualizados y criterios de calificación a aplicar.

d) Metodología didáctica a aplicar (SdA: actividades o situaciones relevantes para el alumnado; aplicando el DUA).

e) Materiales y recursos didácticos que se van a usar.

f) Actividades de recuperación y refuerzo.

g) Medidas de atención a la diversidad y adaptaciones curriculares (PrA para alumnado repetidor y que suspenda una evaluación y ACIs no significativas).

h) ACE que se pretenden realizar.

i) No aparece en las Instrucciones pero sí en las Órdenes: procedimiento de evaluación de la PD, del proceso de enseñanza y de la práctica docente.

Según las órdenes aludidas, en EIP las UP serán integradoras y desarrolladas a través de SdA; en ESO y BAC se desarrollan también a través de SdA.

La CCP comprueba que las PD se ajustan a sus directrices y a la normativa vigente. En caso contrario, el Director las devuelve a los DD para su reelaboración. 

La Inspección las revisa para comprobar su adecuación a la normativa y supervisa su correcto desarrollo y aplicación durante el curso.


En las Instrucciones de 22 de septiembre de 2022 de la Secretaría de Estado de Educación por la que se establecen los criterios y los procedimientos para la elaboración y aprobación de las propuestas pedagógicas y de la oferta formativa de los centros docentes de titularidad del Estado español, de acuerdo con lo establecido en la disposición adicional quinta de las órdenes de ordenación y currículo para el ámbito de gestión del Ministerio de Educación y Formación Profesional de las etapas de educación infantil, primaria y secundaria obligatoria, y la disposición adicional sexta de la orden para la etapa de bachillerato.
Con carácter general cada CTEE, en el ámbito de su autonomía pedagógica y organizativa, concretará en su propuesta pedagógica el currículo establecido en la normativa de referencia para el ámbito de gestión del Ministerio de Educación y Formación Profesional. 
La propuesta pedagógica se integrará en el proyecto educativo y comprenderá la oferta formativa de centro y la propuesta curricular de cada etapa, de las que formarán parte las programaciones didácticas de los ciclos de educación infantil y educación primaria y de cada uno de los cursos de la educación secundaria obligatoria y el bachillerato, en su caso. 
Los CTEE fijarán en su propuesta pedagógica la concreción del currículo establecido para el territorio de gestión del Ministerio de Educación y Formación Profesional adaptándolo a las características de su alumnado y atendiendo a su realidad socioeducativa y la incorporarán a su proyecto educativo, que impulsará y desarrollará los principios, objetivos y metodología propios de un aprendizaje competencial orientado al ejercicio de una ciudadanía activa internacional
 La propuesta curricular y las programaciones didácticas incluirán, además de los elementos establecidos con carácter general en la normativa de referencia antes señalada, la contribución de la etapa a las actividades complementarias y extraescolares para la proyección de la lengua y cultura españolas.  
En las propuestas se promoverá la incorporación de prácticas innovadoras en el aula y la integración de tecnologías de la sociedad de la información y de nuevos entornos de aprendizaje. Serán revisadas a final de cada curso escolar con el fin de mantenerlas actualizadas.  
Los equipos docentes de las diferentes etapas educativas deberán coordinar sus programaciones didácticas con las de las etapas anteriores y posteriores con el fin de lograr la continuidad del itinerario formativo del alumnado. A este respecto se diseñará un plan de transición entre etapas cuya elaboración e implementación corresponde a la comisión de coordinación pedagógica. 
Su coordinación corresponde al departamento de orientación, en su caso, y a las jefaturas de estudio en el ejercicio de las competencias que les atribuye la normativa de referencia. 
El plan de transición formará parte del proyecto educativo del centro y será tenido en cuenta en la primera reunión de cada curso de la comisión de coordinación pedagógica para orientar el diseño de las programaciones didácticas, programar la coordinación y regular entre el profesorado de las áreas o materias de cada etapa el registro de los acuerdos alcanzados, que se recogerán en las actas pertinentes.  La distribución del horario de obligada permanencia en el centro del profesorado se realizará de modo que se garantice la coordinación del profesorado entre las diferentes etapas (Reuniones verticales). 
 En los centros que no oferten todas las etapas educativas (Tánger y Tetuán), la consejería de Educación de referencia garantizará que se alcancen estos acuerdos entre los centros adscritos a través de un plan de transición común que vele por que se lleven a cabo actuaciones coordinadas y reuniones periódicas de sus equipos directivos y pedagógicos. En esos casos, el plan de transición será común que vele por que se lleven a cabo actuaciones coordinadas y reuniones periódicas de sus equipos directivos y pedagógicos. En esos casos, el plan de transición será común para los centros intervinientes. 
 En el marco del proyecto educativo del centro se incluirá el proyecto lingüístico, proyecto institucional fundamental y seña de identidad de los CTEE, herramienta clave en la planificación de las enseñanzas y el uso de las lenguas en el centro y en la promoción de la lengua y la cultura españolas. En su elaboración participarán todos los órganos de coordinación pedagógica. En el proyecto lingüístico se detallará la forma en que se impulsará la enseñanza de las lenguas en todas las áreas del currículo, se determinará la organización y el enfoque metodológico en las enseñanzas del español, la lengua del país, las lenguas extranjeras y la enseñanza integrada de contenidos y lenguas (AICLE) y contendrá además un plan lector, en el que se organizarán medidas para estimular el interés y el hábito de la lectura en todas las asignaturas.  
En aquellos países con un idioma oficial distinto del español, la oferta formativa del centro incluirá la lengua oficial del país, que será cursada por todo el alumnado en todos los niveles y etapas educativas. 
Los centros podrán impartir algunas áreas y materias, total o parcialmente, en la lengua del país, en consonancia con su proyecto lingüístico, aspecto que deberá estar recogido en la oferta formativa del centro, una vez aprobada según el procedimiento establecido en esta resolución. 
Las coordinaciones de ciclo, las jefaturas de departamento implicadas y las jefaturas de estudios garantizarán que las programaciones didácticas de estas áreas y materias se desarrollen de forma coordinada entre el profesorado que las imparta en las diferentes lenguas. Corresponde a las consejerías de Educación en los distintos territorios y a la Inspección Central de Educación garantizar y supervisar, respectivamente, la elaboración y el cumplimento de las programaciones didácticas a este respecto en el ejercicio de sus funciones.  
Atendiendo al carácter plurilingüe de los CTEE y a la diversidad lingüística de su alumnado, en la enseñanza de las lenguas ofertadas por el centro se utilizarán enfoques metodológicos que tengan en cuenta su condición de lengua materna o dominante, segunda lengua o lengua extranjera. El proyecto lingüístico deberá contemplar esta circunstancia. 
Por el mismo motivo, y con el fin de conseguir una correcta expresión oral y escrita en lengua española, en otras lenguas cooficiales -si estuvieran incorporadas, como el gallego en el Cañada Blanch- y en la lengua del país, así como el uso adecuado del vocabulario académico propio de cada área o materia, las propuestas curriculares priorizarán el desarrollo de las competencias comunicativas del alumnado (lingüísticas, sociolingüísticas y pragmáticas).  
Cada CTEE, a través de su comisión de coordinación pedagógica, velará por que las respuestas curriculares y organizativas se adecuen a las necesidades e intereses del alumnado, a las circunstancias específicas del centro y su entorno, y a las exigencias del territorio en que esté situado.  
Las situaciones de aprendizaje deberán relacionar aspectos de la realidad española con el entorno inmediato del alumnado para crear contextos de aprendizaje significativos y funcionales, prestando especial atención a la integración de contenidos que reflejen las señas e identidades culturales de España y del país en el que se ubican los centros, fomentando el respeto entre culturas.  
Las programaciones didácticas incluirán la secuenciación a lo largo del curso de unidades de programación que serán desarrolladas a través de situaciones de aprendizaje que estén conectadas con la realidad y el entorno del centro y del alumnado, que preferentemente afecten a contenidos de varias áreas o materias, y que sirvan para el desarrollo de distintas competencias; asimismo se favorecerá la participación y colaboración del alumnado de diferentes niveles
La comisión de coordinación pedagógica  (CCP) velará por que todos los departamentos y equipos incorporen a sus programaciones didácticas el tratamiento transversal de la educación en valores democráticos, el desarrollo sostenible, la igualdad entre mujeres y hombres, la igualdad de trato, la no discriminación, la prevención de la violencia contra las niñas y las mujeres, la prevención del acoso y del ciberacoso escolar y la cultura de paz y los derechos humanos. Estos aspectos, distintivos del sistema educativo español, se verán también reflejados en el plan de actividades comunes, complementarias y extraescolares.  
Para dar respuesta a la demanda de los intereses formativos del alumnado de estos centros, garantizar su acceso a estudios superiores y velar por la correcta consecución de los objetivos de la acción educativa española en el exterior, se establecerán procedimientos específicos que permitan adaptar y compaginar la oferta formativa presencial con las enseñanzas a distancia del Centro Integrado de Enseñanzas Regladas a Distancia (CIERD*) del Centro de Innovación y Desarrollo para la Educación a Distancia (CIDEAD). A este respecto, con carácter general, para la constitución de unidades y grupos de enseñanzas presenciales en las diferentes materias se requerirá el número mínimo necesario de 8 estudiantes.
*El CIERD perteneciente al CIDEAD, es un centro docente público, cuya estructura y funcionamiento se adapta a lo regulado para los centros docentes públicos en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
Es el único centro en todo el territorio nacional que imparte Educación Primaria y Educación Secundaria Obligatoria, completamente a distancia, lo que le otorga unas características singulares que quedan reflejadas en su Proyecto Educativo del Centro. Los exámenes presenciales se realizan en las Embajadas de España y en aquellos Consulados Generales de España y centros de la red educativa española en el exterior que la Embajada determine. 
El Ministerio de Educación y Formación Profesional en atención a la singularidad de los CTEE y a las necesidades de adaptación derivadas de convenios internacionales de los que España sea parte, podrá utilizar criterios específicos para la elaboración de las ofertas formativas de estos centros que podrán diferir de los criterios generales establecidos en esta Resolución, asimismo se podrá autorizar la oferta de asignaturas específicas propias del país. Las consejerías de Educación velarán por la organización y elaboración del currículo de estas materias.







Comentarios

Entradas populares de este blog

ALCES: INSTRUCCIONES OPERATIVAS DE 27 DE MARZO DE 2023 DE LA UNIDAD DE ACCIÓN EDUCATIVA EXTERIOR PARA COMPLEMENTAR LA RESOLUCIÓN DE 6 DE MARZO DE 2023 SOBRE LAS ENSEÑANZAS DE LENGUA Y CULTURA ESPAÑOLAS. (27/03/2023)

CTEE: propuesta pedagógica INTEGRADA EN EL PEC: OF Y PCE: Resolución de 28 de septiembre de 2022, de la Secretaría de Estado de Educación

ORDEN EFP/678/22 DE EP