DICCIONARIO DE LA AEEE (AS22)
ALCEs: el nº máximo de h computables por funciones directivas en agrupaciones con 5 o menos de 5 profesores es de 9h.
El nº mínimo para constituir un grupo es 14 en cualquier nivel (Orden EDU/3122/2010).
BACHILLERATO. Según la LOMLOE, las actividades en esta etapa favorecerán la capacidad del alumnado para trabajar por sí mismo, en equipo y aplicar los métodos de investigación apropiados.
BACHILLERATO EUROPEO (EE): permite acceder a las universidades de cualquier estado miembro en las mismas condiciones que los nacionales.
CC: según la Orden EDU 2503/2010, deberán introducir, al menos, en EP y ES, las enseñanzas de lengua, literatura, GH de España que las autoridades educativas españolas determinen.
CENTROS DE RECURSOS DIDÁCTICOS: están contemplados en el art.25 del RD 1027/93 como uno de los instrumentos para desarrollar la AEEE.
CENTROS PRIVADOS EN EL EXTERIOR: Según el RD de 2024 (organigrama del MEFPD), la autorización para crear centros docentes privados en el exterior corresponde a la DGPGE, a través de la UAEE.
CE MIGUEL DE CERVANTES (SP): su alumnado tiene derecho al título de ESO si ha superado el 1º curso de la EM.
CEIP: Según la LOMLOE, los CEIP podrán elaborar PrA o programas de enriquecimiento curricular que permitan mejorar el nivel competencial del alumnado que lo necesite.
CENTROS DE INFANTIL: con objeto de respetar la responsabilidad de los padres en la EI, según la LOMLOE, los centros de EI, cooperarán estrechamente con los padres.
CIDEAD: es el centro al que corresponde la promoción de enseñanzas regladas no universitarias a distancia.
COMISIÓN DE EVALUACIÓN DE LOS ASESORES: la forman el Consejero, un inspector y una persona designada por la UAEE.
COMISIÓN TÉCNICA DE LAS ALCEs: integrada por un asesor, un director de un ALCE y un profesor destinado en el país, según la Orden EDU 3122/2010.
CONSEJERÍAS DE EDUCACIÓN: según el RD 1138/02, tienen, entre otras, la función de organizar actividades de formación para el profesorado en su ámbito territorial.
CONSEJERÍAS Y AGREGADURÍAS: su organización interna y dotación presupuestaria corresponde , según el RD 1138/02, al MEFPD.
CONVENIOS entrarán en vigor a los 5 días hábiles de su formalización en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal (no desde la publicación en el BOE)
CREACIÓN DE UN CTEE: según el RD1027/93, se crea por RD aprobado en Consejo Ministros, a propuesta conjunta del MEFPDy MAEC, (incluso en el hipotético caso que fuera de CFGS).
CTM: pueden impartir enseñanzas españolas o del país con un componente adecuado de LCE.
DELE. establecer sus precios y gastos derivados es competencia del Consejo de Administración del IC. (art.6 RD1137/02)
Los alumnos procedentes de centros extranjeros por convalidación de estudios en otro país, que acrediten un nivel C2 en los DELE están exentos de la realización de cualquier prueba lingüística: RD 1137/2002.
DIRECTORES DE LOS CENTROS DEL IC EN EL EXT: su nombramiento y separación corresponde al Director del IC, según el Reglamento del IC.
EB = EP + ESO + CFGB.
EEE: ciclo preescolar + primario de 5 años + secundario de 7 años.
ELEO: plataforma digital con amplio catálogo de libros de la AEEE. Se pueden crear clubs de lectura.
EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN EN EP (RD 984/21): en relación a lo anterior, el eq. docente llevará a cabo la evaluación de forma colegiada en una única sesión a final de curso.
FORMA : Sistema de Creación de Formularios para Publicación Web. Es la herramienta digital común utilizada por la Secretaría General de Administración Digital para elaborar un formulario o encuesta para su cumplimentación vía web.
HOMOLOGACIÓN Y CONVALIDACIÓN DE TÍTULOS SUPERIORES. No procede la convalidación de asignaturas sueltas. Deben estar superados todos los cursos anteriores al que pretende homologar o convalidar. Los estudios extranjeros deben estar totalmente superados en el SE del otro país.
LCE: las enseñanzas de LCE se articulan en 3 etapas (A, B y C) y 5 niveles del MCER (A1 a C1).
Art.2 de la Orden EDU/3122/2010:
1. Las enseñanzas de lengua y cultura españolas, de acuerdo con lo establecido en el Marco Común Europeo de Referencia de las lenguas, se articularán en tres etapas (A, B y C), que comprenden cinco niveles referidos al Marco Común Europeo de Referencia de las lenguas. La etapa A comprenderá los niveles A1 y A2; la etapa B, los niveles B1 y B2; y la etapa C, el nivel C1.
2. La unidad fundamental, a efectos de programación de las enseñanzas de lengua y cultura españolas, es el nivel. Los objetivos previstos para los diferentes niveles que se establecen, determinan que el A1 se programe para una duración de un curso los niveles A2, B1 y B2 para dos cursos cada uno y el nivel C1 para tres cursos.
Se estructura en 10 cursos:
Nivel A1: 1 curso.
Nivel A2: 2 cursos.
Por tanto, la etapa A consta de 2 niveles y 3 cursos.
Nivel B1: 2 cursos.
Nivel B2: 2 cursos.
Por tanto, la etapa B comprende 2 niveles y 4 cursos.
Nivel C1: 3 cursos.
Por tanto, la etapa C son 3 cursos.
LENGUAS EXTRANJERAS EN LOS CTEE: Según las Instrucciones, todo el alumnado debe cursar una LE ofertada por el Centro, además de la lengua del País. Generalmente, se oferta , además una 2ª LE.
MRCDD: participar en redes sociales o comunidades en línea en las que se comparte o transmite conocimientos, contenidos e información corresponde a un nivel competencial B (Intermedio).
En este nivel el docente:
Participa de forma regular en redes y comunidades educativas.
Comparte recursos propios y ajenos con criterio pedagógico.
Interactúa con otros docentes aportando ideas, dudas y soluciones.
Aplica normas de netiqueta y cuida su identidad digital con intención.
Empieza a seleccionar comunidades según su valor profesional.
Utiliza estas redes para mejorar su práctica docente.
En el nivel A del MRCDD, el docente utiliza las redes sociales de forma básica para comunicarse y compartir información educativa, aplicando normas elementales de netiqueta, protección de datos y seguridad digital, y participando de forma inicial en comunidades profesionales en línea.
Idea clave: Participación activa y consciente, con aportaciones útiles y cierta autonomía profesional.
NIVEL DE LE AL ACABAR LA SECUNDARIA POSTOBLIGATORIA EN LAS SS EE: B2 del MECR, según las Instrucciones de 18 de octubre de 2010.
NÚMERO MÍNIMO PARA CONSTITUIR UN GRUPO EN UNA AULA DE LCE: 14.
ODS 4: Garantizar una educación inclusiva, equitativa y de calidad y promover el aprendizaje a lo largo de la vida para todos.
ÓRGANOS RECTORES DEL IC. son 3: el Consejo de Administración, el Director y el Patronato (y no el secretario general)
PGA EN LOS CTEE: según las Instrucciones, es elaborada por el equipo directivo, analizadas las propuestas del CE (en su caso) y del Claustro y aprobada por el Director en un plazo de 20d desde el inicio de las actividades lectivas.
Sus conclusiones más relevantes y su grado de cumplimiento son recogidos en una memoria, elaborada por el equipo directivo, que la remite a la Consejería para ser analizada por la Inspección.
PROFESORADO VISITANTE: un candidato que haya sido seleccionado para el Programa de Profesorado Visitante, podrá ser contratado por un país diferente ÚNICAMENTE si su plaza resultase cancelada en el país que le ha seleccionado en 1º lugar y no existiese otra vacante que se adecuase a su perfil.
Una vez que la resolución por la que se convocan plazas para PV haya sido publicada, se podrán ofertar plazas en países diferentes a los recogidos en dicha resolución CON LOS QUE SE HAYA SUSCRITO UN CONVENIO DE COLABORACIÓN, si este se produce antes de que concluya el plazo de presentación de solicitudes.
En el caso de PV en EE UU, el Máster para el ejercicio de la labor docente constituye un mérito, que en algunos estados, podrá ser acreditado mediante el título admvo. de funcionario de carrera de cuerpos docentes específicos.
PROFESORADO DE ESPAÑOL. Según la Orden ECI/1305/2005, en la concesión de subvenciones públicas en régimen de concurrencia competitiva, las ayudas concedidas a participantes en cursos o encuentros de profesores de español financiarán
los costes académicos,
el alojamiento,
el viaje,
las instalaciones,
el material didáctico y
cualquier otro gasto necesario para el desarrollo de los cursos o encuentros.
PROMOCIÓN EN ESO: las decisiones sobre la promoción, según la LOMLOE, serán tomadas de forma colegiada, atendiendo a la consecución de los objetivos, grado de adquisición de las competencias y valoración de las medidas adoptadas para el progreso del alumno.
PROMOCIÓN EN PRIMARIA: las decisiones se adoptan al acabar cada ciclo (RD 894/21).
Al acabar 2º, se entrega a los padres un consejo orientador y al acabar 4º todo el alumnado recibe un consejo orientador individualizado.
Las decisiones de promoción se toman de forma colegiada en una única sesión de evaluación al acabar el curso escolar, según el RD 984/21.
REGISTRO DE DOCUMENTOS: EL REGISTRO ELECTRÓNICO garantiza la constancia, en cada asiento que se practique, de la fecha y hora de su presentación, identificación del interesado y organismo administrativo remitente (PERO no garantiza una entrega más rápida ni un período de tramitación menor). Los documentos también se pueden presentar en las oficinas d correos, pero las Administraciones podrán obligar a ciertos trámites de modo electrónico, según la Ley 39/2015 de Procedimiento Admvo. Común).
SSBB: Según la resolución de 2025 de la Secretaría de Estado de Educación por la que se ofertan plazas para profesorado en secciones bilingüe de español para el curso 2025-26, se ofertaron para dicho curso plazas en EP para Bulgaria y Rusia. En Eslovaquia se ofertaron plazas, entre otras, de Biología y Química.
- Hungría: mínimo 2 cursos completos de experiencia docente en secundaria (requisito específico por su legislación educativa).
- Resto de países: normalmente basta con un curso escolar completo (o 9 meses) de experiencia docente, que además se valora como mérito.
Interpretación práctica
- No basta con un curso o con experiencia parcial.
- Deben ser dos cursos completos y a tiempo completo en secundaria.
- Es un requisito más exigente que en otros países de la convocatoria.
SS EE: pueden impartir EI, EP, ES o FP, según las Instrucciones de 18 de octubre de 2010.
TÍTULO DE BACHILLER: Según el RD 984/21, acredita el logro de los objetivos de la etapa y la consecución de las competencias.
VEO EN ESPAÑOL: herramienta digital que se ofrece al profesorado de la AEEE, con amplio catálogo de películas, fichas y guías didácticas para su uso en la práctica docente. La plataforma contiene una selección específica de obras audiovisuales con criterios pedagógicos en distintos formatos (largometrajes, documentales, cortos...).
La selección de las obras se ha realizado basándose en sugerencias de profesores, alumnos y recomendaciones de la Academia de Cine, siempre combinando la calidad cinematográfica y la finalidad educativa. 'Veo en espaÑol' se constituye, por tanto, como una herramienta didáctica que contribuye a reforzar las competencias clave del alumnado. Se encuentra en la Plataforma https://www.platinoeduca.com/
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