DICCIONARIO DE LA AEEE (DOC18)
AEEE. se rige por lo dispuesto en el RD 1027 (art.1) sin perjuicio de lo que dispongan los tratados o convenios internacionales de los que España sea parte, y con sujeción así mismo a la legislación local aplicable y al principio de reciprocidad.
ALCEs. El alumnado que al finalizar los cursos correspondientes a B1 y B2 no hubiera alcanzado los objetivos del nivel, podrá permanecer en el mismo nivel 4 años.
ALUMNADO DE LAS ALCEs: que al acabar los cursos correspondientes a los niveles B1 y B2, no hubiesen alcanzado los objetivos del nivel, podrán permanecer en el mismo nivel hasta un máximo de 4 años. Normalmente son 2 años (2 cursos) en cada uno de estos niveles.
ALUMNADO DE LAS SS EE QUE OPTE AL TÍTULO DE BACHILLER: debe cursar, al menos, GH y LL españolas (art.20 de las Instrucciones de 18 de octubre de 2010). Esta situación se da en Francia y Miami.
AUSENCIAS INJUSTIFICADAS EN LAS ALCEs: cuando el alumno supere un 25% del total de h presenciales o en línea (art. 2 .5.1 de la Resolución de 6 de marzo de 2023) de un curso académico, será dado de baja, según el art. 19.2 de la Orden EDU/3122/210.
CLAUSTRO DE UN CTEE. Asume las funciones de la CCP en los centros con menos de 12 unidades (art. 116 de las Instrucciones).
COMISIONES DE EVALUACIÓN DE AATT Y DOCENTES EN EL EXTERIOR. Una vez finalizadas las actuaciones necesarias elevarán propuesta de evaluación al órgano que sea competente al respecto (¿la UAEE?).
COMITÉ DEL PERSONAL DE LAS EE: está constituido por representantes elegidos del cuerpo docente y del PAS de cada escuela. Art.22 EEE.
CE MdeC de SP: el nivel que equivale a 4º de ESO es 1º de EM. Anexo de la Orden (Tabla de Equivalencias) ECI/1044/2008.
COORDINADORES DE NIVEL DE LAS ENSEÑANZAS EN LÍNEA DE LAS ALCEs: se podrán computar como lectivas hasta 4h.
CRITERIOS DE EVALUACIÓN DE LA ACTIVIDAD PROFESIONAL DEL PERSONAL DOCENTE. Entre ellos, está :
participar en actividades complementarias vinculadas al centro o programa al que estén adscritos (no dice nada de trabajar en equipo: esto es para AATT)
participar en actividades académicas (no dice iniciativas encaminadas a la difusión de la LCE) de difusión de la LCE promovidas por la Consejería (en Marruecos: intercentros, festival de teatro, olimpiadas de FQ, Matematicas y BIO). Punto 8º 2.d de la Orden ECD/493/04. Estas son los criterios:
a) Cumplimiento de sus obligaciones docentes.
b) Participación en programas educativos específicos del centro o programa, en relación con la integración del currículo del país, de la difusión de la lengua y cultura españolas y de la atención a la diversidad y el multiculturalismo.
c) Participación en actividades complementarias vinculadas al centro o programa al que está adscrito.
d) Participación en actividades académicas de difusión de la lengua y la cultura españolas promovidas por la Consejería de Educación.
e) Capacidad para relacionarse con la comunidad educativa y con el entorno sociocultural en el desempeño de sus funciones.
CTEE: están sometidos al Jefe de la MD a efectos de su coordinación (art.9 del RD 1027), ya que son integrantes de la AE en el ext, por lo que están sometidos al Principio de Unidad de Acción del estado en el Exterior.
DELE: son expedidos por el MEFP y, en su nombre, por el Dir. del IC. Art. 1.3 del RD 1137/02.
DOCENTES EN LÍNEA DE LAS ALCEs: pueden ser docentes que no se encuentren en el país, si es necesario. Punto 3.2 de la Resolución de 6 de marzo de 2023.
EI: se ordena en 2 ciclos: de 0 a 3 años y de 3 a 6 años (art. 14.1 de la LOMLOE, sobre ordenación y principios pedagógicos de la EI).
EP: bajo el Real Decreto 157/2022, que regula la ordenación y enseñanzas mínimas de la Educación Primaria, la etapa de Primaria se organiza en tres ciclos de dos cursos cada uno (6 en total).
EE: sus órganos comunes son 4: Consejo Superior, Secretario Gral., Consejos de Inspección y Sala de Recursos (art. 7 del EEE).
EDAD MÁXIMA EN LA ESO en régimen ordinario: 19 años, ya que según el art.28.5 de la LOMLOE, aunque el alumno haya repetido 1 vez en EP y otra en ES, excepcionalmente podrá permanecer un año más en 4º de ESO si el eq. ed. considera que esta medida favorece la adquisición de las competencias de la etapa (que el alumno/a alcance el Perfil de salida al término de la EB).
El Real Decreto 217/2022 fija como límite de permanencia general hasta los 18 años.
Pero en su artículo 16.7 se permite prorrogar un año ese límite, es decir, permitir que un alumno de 19 años cumpla la ESO, si el equipo docente considera que repetir 4.º curso favorecerá la adquisición de las competencias clave.
Además, en el mismo RD, el artículo 5.1 señala que el límite de permanencia podrá ampliarse excepcionalmente en los supuestos de los artículos 16.7 (repetir 4.º) y 20.4 (necesidades educativas especiales).
EQUIPO DOCENTE DE LAS ALCEs: se reunirá, al menos, en 3 ocasiones cada año y cuantas veces se considere oportuno así como cuando lo solicite la mitad del profesorado.
EQUIPO DIRECTIVO DE UN CTEE de EIyP DE 12 UDS: 12h Lectivas. Si fuera un IES o CI, serían 10h.
De 6 a 8 uds: 15h lectivas. En IES o CI, 12.
De 9 a 15 uds (Alhucemas): 12h lectivas. En IES o CI, 10
De 16 a 21 uds: 9h lectivas. En IES o CI, 8.
De 22 o más Uds (Rabat, Lisboa, Andorra): 6 h lectivas para cualquier etapa impartida.
ETAPAS Y NIVELES EN LAS ALCEs: 3 etapas (A, B y C) con 5 Niveles: de A1 a C1. Art. 2.1 de la Orden EDU/3122/2010.
EVALUACIÓN EN ESO. es continua, formativa e integradora (art.28.1 de la LOMLOE y art. 21 de la Orden EFP/754/22)
FIN DE LA VÍA ADMVA. DE REVISIÓN DE LA CALIFICACIÓN EN ES: La resolución de la Consejería (que hace las veces de la Dirección Provincial según las Disp. Ad. 5ª de ambas órdenes) pone fin al proceso de revisión en el centro de la calificación obtenida en una materia o sobre la resolución de promoción o titulación (art.36 de la Orden EFP/754/22 y art. 41 de la Orden EFP/755/22).
FOMENTO DEL HÁBITO Y DOMINIO DE LA LECTURA EN EP: con el fin de fomentarlos, todos los centros dedicarán un tiempo diario a la misma, en los términos recogidos en su PEC (art. 19.3 de la LOMLOE). En los centros del exterior, este aspecto deberá estar en su PLC.
FUNCIONES DE LOS CENTROS DE RECURSOS DIDÁCTICOS. Entre ellas está organizar, talleres, seminarios y GT sobre temas relacionados con la enseñanza del español. Art. 28.d del RD 1027.
GESTIÓN ECONÓMICA DE LOS CTEE: en los centros (como Rabat o Alhucemas) que no haya CE, se constituye una Comisión Económica, integrada por el Secretario y 2 profesores elegidos por el Claustro, en el seno del mismo, al principio de cada curso (art.81 de las Instrucciones).
HISTORIA DE ESPAÑA EN EL PEI DEL DEP DEL CMD (FLORIDA). En el el Anexo de la Resolución de 22 de junio de 2011, se establece para 12º año (equivalente a nuestro 2º BAC).
HORARIO LECTIVO SEMANAL EN EP: 27h y 1/2, incluyendo 30min. de recreo diarios. Resol. de 30 de mayo de 2014 por la que se establecen los criterios y procedimientos para elaborar y aprobar la OF de los CTEE.
HORARIO LECTIVO DE LOS MIEMBROS DEL EQUIPO DIRECTIVO EN UN CTEE DE EIP CON 12 UNIDADES: según el art. 152 de las Instrucciones,12h semanales. En el IE Lope de Vega, CI de 17 uds., 8h; en el Giner de los Ríos, con 43 uds., o en el CER, con 30 unidades, 6h. Van desde 6h (22 o más unidades) a 15h (en CEIP con 8 o menos uds.).
IC: se atribuyen al IC la dirección académica, admva. y económica de los DELE. Art. 1.4 del RD 1137/2002.
MENCIÓN HONORÍFICA: No existe en EP.
MAESTROS DESTINADOS EN SS EE: los maestros españoles destinados en SS EE, impartirán docencia, con carácter general, en los niveles de EP de los países respectivos (que no tienen por qué coincidir con los del SEE):
MODALIDAD DE HUMANIDADES Y CC SS EN 2º BAC: el alumno/a cursará, además de Latín II o MCS II, a su elección, 2 materias de modalidad a elegir entre 6:
a) Empresa y Diseño de Modelos de Negocio.
b) Geografía.
c) Griego II.
d) Historia del Arte.
e) Latín II.
f) Matemáticas Aplicadas a las Ciencias Sociales II. En el CER, solo entre a, b y d.
NOMBRAMIENTO DEL FUNCIONARIO DOC EN EL EXTERIOR: 2+2+2 (art. 14.3 del RD 1138), excepto que:
- el interesado solicite su retorno a España (en el 1º trimestre del último año del período de adscripción, mediante escrito dirigido a la SGT del Departamento, manifestando su deseo de retornar al acabar el curso, según el art. 4.1 de la Orden ECD/493/04 que establece el régimen de permanencia y prórroga en el ext.)
- desaparezca la necesidad que do origen a la provisión del puesto de trabajo.
- sea objeto de evaluación desfavorable.
NÚMERO MÍNIMO DE ALUMNOS PARA CONSTITUIR UN GRUPO EN LAS ALCEs: 14. Art. 18.2 de la Orden EDU/3122/2010.
OF de ES en CTTE la aprueba la UAEE.
ORGANIZACIÓN DE EP: comprende 3 ciclos de 2 años académicos cada uno. Art. 18.1 de la LOMLOE.
PERMANENCIA EN EL MISMO CURSO ("REPETICIÓN") EN ESO: l alumno/a podrá permanecer en el mismo curso 1 sola vez y 2 como máximo a lo largo de la enseñanza obligatoria (EB). Excepcionalmente, podrá permanecer 1 año más en 4º de ESO, siempre que el equipo docente considere que esta medida favorece la adquisición de las competencias establecidas para la etapa (Perfil de salida de la EB). Art. 22.6 y 22.7 de la Orden EFP/754/22. Por lo tanto, puede permanecer en régimen ordinario hasta los 19.
PERSONA QUE IMPULSE MEDIDAS EDUCATIVAS QUE FOMENTEN LA IGUALDAD REAL Y EFECTIVA ENTRE HOMBRES Y MUJERES; será designado/a en el seno del CE, una vez constituido (art.126.2 LOMLOE, sobre la composición del mismo).
PLANES DE EVALUACIÓN DE CENTROS EDUCATIVOS Y DE VALORACIÓN DE LA FUNCIÓN DIRECTIVA. Corresponde alas admones. educativas (no a la Inspección ni al INEE).
PROFESORADO EN LAS SS EE: según el art.40 de las Instrucciones de 18 de octubre de 2010, con carácter general, los maestros impartirán docencia en los niveles de EP y los profesores y catedráticos de ES en los de ES de los países respectivos. No obstante, la adscripción a etapas, áreas o materias de las enseñanzas propias de la sección están supeditadas a las necesidades del programa.
PROGRAMAS DE ACTIVIDADES DE LAS SS EE: en su planificación, organización y desarrollo debe participar todo el profesorado nombrado por el MEFPD para esa sección., con carácter obligatorio. Nota def. 59 de las Instrucciones de 18 de octubre de 2010.
PROPUESTA DE CREACIÓN DE CTEE: Es una propuesta conjunta del MEFP y del MAEC. Art. 8.1 del RD 1027.
RÉGIMEN ORDINARIO EN LA ESO: Hasta los 18 años (art.4 de la LOE modificado por la LOMLOE).
REUNIONES DEL EQUIPO DOCENTE DE LAS ALCEs: al menos, en 3 ocasiones cada año (art.11.2 de la Orden EDU/3122/2010).
SS EE: en al planificación, organización y desarrollo de las actividades recogidas en el programa de actividades, participarán todos los profesores nombrados por el MEFPD.
SUBDIRECCIÓN GENERAL DE CENTROS Y PROGRAMAS Y SUBDIRECCIÓN GENERAL DE INSPECCIÓN EDUCATIVA (SGIE) dependen de la DGPyGE (Dir. Gral. de Planif. y Gestión Educativa) según el RD de 2024 y su modif. en 2026 por el que se desarrolla la estructura básica del MEFPD.
TÍTULO DE BACHILLER EN LAS SECCIONES BILINGÜES EN EUROPA DEL ESTE. Se pueden obtener en 5 países: Bulgaria, Rep. Checa, Rep. Eslovaca, Polonia y Rusia. Desde 2023 en todas.
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