DOCENTES 2025
EEE. 21 de junio de 1994.
De acuerdo con el artículo 5 del Convenio por el que se establece el Estatuto de las Escuelas Europeas, hecho en Luxemburgo el 21 de junio de 1994, los titulares del bachillerato europeo obtenido en la escuela: Gozarán, en el Estado miembro del que sean nacionales, de todas las ventajas que resultan de la posesión del diploma o certificado expedido al término de los estudios secundarios en dicho país.
Según el artículo 11 del Convenio por el que se establece el Estatuto de las Escuelas Europeas, hecho en Luxemburgo el 21 de junio de 1994, el Consejo Superior de las Escuelas Europeas: Definirá el contenido de los estudios y determinará su organización. En particular, previo dictamen del consejo de inspección competente, establecerá los programas y horarios armonizados de cada curso y de cada sección que haya organizado y formulará recomendaciones para la elección de los métodos.
Según el artículo 14 del Convenio por el que se establece el Estatuto de las Escuelas Europeas, hecho en Luxemburgo el 21 de junio de 1994, el secretario general de las Escuelas Europeas: Representará al consejo superior y dirigirá la secretaría dentro de lo dispuesto en los estatutos del secretario general, ostentará la representación de las escuelas en los procedimientos judiciales y será responsable ante el consejo superior.
Según el artículo 18 del Convenio por el que se establece el Estatuto de las Escuelas Europeas, hecho en Luxemburgo el 21 de junio de 1994, la misión de los inspectores de las Escuelas Europeas será:
1) Ejercer, en sus respectivos ciclos de enseñanza, la tutela pedagógica de los profesores procedentes de su administración nacional.
2) Contrastar sus observaciones sobre el nivel de los estudios y la calidad de los métodos de enseñanza. 3) Dirigir a los directores y al cuerpo docente las conclusiones de sus inspecciones.
Instrucciones de 18 de octubre de 2010. SSEE.
Según la instrucción 34 de las Instrucciones de 18 de octubre de 2010, que regulan la organización y el funcionamiento de las Secciones Españolas en centros de otros estados o de Organismos internacionales, los criterios de admisión y permanencia de alumno son competencia de las autoridades educativas del país respectivo. Las consejerías de educación procurarán acuerdos con las autoridades educativas del país y con los responsables de los centros para que el profesorado español participe en la aplicación de dichos criterios.
Según la instrucción 47 de las Instrucciones de 18 de octubre de 2010, que regulan la organización y el funcionamiento de las Secciones Españolas en centros de otros estados o de Organismos internacionales, las secciones españolas elaborarán una Memoria Anual que: Incluirá al menos una valoración de las programaciones didácticas, el programa de actividades y las relaciones institucionales, así como un análisis de los resultados académicos; propondrá medidas de mejora que deberán recogerse en las programaciones del curso siguiente.
Según la instrucción 49 de las Instrucciones de 18 de octubre de 2010 que regulan la organización y el funcionamiento de las Secciones Españolas en centros de otros estados o de Organismos internacionales, al frente de cada Sección podrá haber un coordinador: Designado libremente por el Ministerio de Educación entre el profesorado adscrito a la sección, a propuesta de la Consejería de Educación respectiva, con nombramiento como jefe de estudios.
Según la instrucción 54 de las Instrucciones de 18 de octubre de 2010, a los Coordinadores de una Sección Española en centros de titularidad de otros estados se les podrá aplicar una reducción horaria: Semanal, con carácter general de uno a seis periodos lectivos, dependiendo del tamaño y complejidad organizativa de la sección.
Instrucciones de 24 de mayo de 2005. CTEE.
Según la instrucción 73 de las Instrucciones de 24 de mayo de 2005 de la Subsecretaría de Educación y Ciencia, que regulan la organización y funcionamiento de los centros docentes de titularidad del estado español en el exterior, de la Subsecretaría de Educación y Ciencia, el Consejo Escolar constituirá en su seno: Una comisión de convivencia en la forma en que se determine en el reglamento de régimen interior del centro, en la que, al menos, estarán presentes el Director, el o los Jefes de estudios, un maestro o profesor de enseñanza secundaria y un padre de alumno, elegidos por cada uno de los sectores.
Según la instrucción 122 de las Instrucciones de 24 de mayo de 2005, de la Subsecretaría de Educación y Ciencia, que regulan la organización y funcionamiento de los centros docentes de titularidad del estado español en el exterior, en Educación Infantil y Primaria, cuando el número de maestros sea superior al de unidades: La tutoría de cada grupo recaerá preferentemente en el maestro que tenga mayor horario semanal con dicho grupo: al Jefe de estudios, Secretario y Director se les adjudicarán tutorías en último lugar, por este orden y sólo si es estrictamente necesario.
Ley 40/2006. Estatuto ciudadanía española ext.
Según el artículo 25 de la Ley 40/2006, de 14 de diciembre, del Estatuto de la ciudadanía española en el exterior, el Estado arbitrará los mecanismos necesarios para facilitar a los descendientes de españoles residentes en el exterior el conocimiento del castellano y podrá adoptar, en colaboración con las Comunidades Autónomas, las medidas precisas para favorecer el conocimiento de sus lenguas cooficiales.
LODE (Ley. org. 8/85) reguladora del derecho a la educación. Art.6.4.b.
Según el artículo 6 de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación, entre los deberes básicos de los alumnos y las alumnas se incluye participar en las actividades formativas y, especialmente, en las escolares y en las complementarias gratuitas.
No "Participar obligatoriamente en los servicios escolares y voluntariamente en las actividades
extraescolares".
LOMLOE. Ley 3/2020. Art.42 bis.
Según el artículo 42 bis de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, modificada por la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre: La Formación Profesional dual del Sistema Educativo Español es el conjunto de acciones e iniciativas formativas que, en corresponsabilidad con las empresas, tienen por objeto la cualificación profesional de las personas, armonizando los procesos de enseñanza y aprendizaje entre los centros educativos y los centros de trabajo.
Orden EDU/1720/2011. SE Miami.
Según el artículo 7 de la Orden EDU/1720/2011, de 31 de mayo, por la que se reconocen los estudios cursados en la Sección Española del Programa de Estudios Internacionales del Distrito Escolar Público del Condado de Miami-Dade, Estados Unidos de América: En tanto el Ministerio de Educación tramita la expedición de los correspondientes títulos, la Consejería de Educación de la Embajada de España en los Estados Unidos emitirá un certificado provisional.
Orden EDU/2503/2010. CC.
Según el artículo 3 de la Orden EDU/2503/2010, de 16 de septiembre, por la que se regulan los criterios y el procedimiento para la suscripción de convenios de colaboración con instituciones titulares de centros extranjeros previstos en el Real Decreto 1027/1993, de 25 de junio, por el que se regula la acción educativa en el exterior, los centros interesados: Introducirán, al menos en el currículo de los cursos correspondientes a las etapas educativas españolas de primaria y secundaria, las enseñanzas de lengua, literatura, geografía e historia de España que las autoridades educativas españolas determinen.
Orden EFD/116/2025. Interinos.
Según el artículo 11 de la Orden EFD/116/2025, de 5 de febrero, por la que se regula la formación de listas de aspirantes a desempeñar puestos en régimen de interinidad en plazas de los cuerpos docentes contemplados en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, el nombramiento de personal interino que se realizará, según las necesidades del servicio, para cubrir vacantes por todo el curso escolar cuando no puedan ser cubiertas por personal funcionario de carrera, o para atender temporalmente a sustituciones derivadas de las distintas incidencias reglamentarias que se produzcan en los centros y programas de la Acción educativa española en el exterior, se llevará a cabo por la Subdirección General de Personal, previa autorización de la Unidad de Acción Educativa Exterior, una vez comprobado que las personas aspirantes propuestas reúnen los requisitos exigidos.
No por la Consejería ni por la UAEE.
Orden EFP/43/2021. Delegación de competencias.
Según el artículo 13 de la Orden EFP/43/2021, de 21 de enero, sobre fijación de límites para la administración de determinados créditos para gastos y de delegación de competencias, la competencia para la imposición de sanciones leves al personal funcionario destinado en el ámbito territorial de las Consejerías de Educación en el Exterior, corresponde a: Las personas titulares de las Consejerías de Educación en el Exterior, entre otros, por delegación de la persona titular de la Subsecretaría, sin perjuicio de su comunicación a los órganos del Ministerio y a la Representación Diplomática.
Orden EFP/608/2022. Currículo de EI.
Según el artículo 5 de la Orden EFP/608/2022, de 29 de junio, por la que se establece el currículo y se regula la ordenación de la Educación Infantil en el ámbito de gestión del Ministerio de Educación y Formación Profesional, La finalidad de la educación infantil es contribuir al desarrollo integral y armónico del alumnado en todas sus dimensiones: Física, emocional, sexual, afectiva, social, cognitiva y artística, potenciando la autonomía personal y la creación progresiva de una imagen positiva y equilibrada de sí mismos, así como a la educación en valores cívicos para la convivencia.
Orden EFP/678/2022. Currículo de EP.
Según el artículo 9 de la Orden EFP/678/2022, de 15 de julio, por la que se establece el currículo y se regula la ordenación de la Educación Primaria en el ámbito de gestión del Ministerio de Educación y Formación Profesional, además de las áreas de la Educación Primaria que se imparten en todos los cursos: Se añadirá en sexto curso la Educación en Valores Cívicos y Éticos.
Orden EFP/754/2022. Currículo de ESO.
Según el artículo 18 de la Orden EFP/754/2022, de 28 de julio, por la que se establece el currículo y se regula la ordenación de la Educación Secundaria Obligatoria en el ámbito de gestión del Ministerio de Educación y Formación Profesional, en el caso de que se configuren ámbitos que integren diversas materias, el horario de los mismos: Deberá ser el resultante de la suma del que, conforme al anexo IV, corresponda a las materias que se integren en estos.
Según el artículo 24 de la Orden EFP/754/2022, de 28 de julio, por la que se establece el currículo y se regula la ordenación de la Educación Secundaria Obligatoria en el ámbito de gestión del Ministerio de Educación y Formación Profesional, el proceso de evaluación deberá contribuir a mejorar el proceso de enseñanza y de aprendizaje y entre los aspectos a los que atenderá se encuentra el funcionamiento de los mecanismos establecidos para favorecer y garantizar las relaciones con los padres, madres, tutores o tutoras legales.
Según el artículo 40 de la Orden EFP/754/2022, de 28 de julio, por la que se establece el currículo y se regula la ordenación de la Educación Secundaria Obligatoria en el ámbito de gestión del Ministerio de Educación y Formación Profesional, tras finalizar la etapa de Educación Secundaria Obligatoria, se entregará a los padres, madres, tutores o tutoras legales, o al propio alumno o alumna en caso de que fuese mayor de edad el historial académico.
Orden EDU 3122/2010. LCE.
Según el artículo 26 de la Orden EDU/3122/2010, de 23 de noviembre, por la que se regulan las enseñanzas complementarias de Lengua y Cultura españolas para alumnos españoles residentes en el exterior y se establece el currículo de las mismas: Al menos dos veces cada curso, el profesor convocará a la totalidad de los padres de cada uno de los grupos a su cargo al objeto de fomentar la cooperación en la tarea educativa común, recoger propuestas sobre actividades extraescolares y sugerencias en relación con las necesidades lingüísticas y culturales de los alumnos.
RD 274/2024. MEFPD.
Según el artículo 4 del Real Decreto 274/2024, de 19 de marzo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes, ¿Cuál de los siguientes órganos no depende de la Dirección General de Planificación y Gestión Educativa? La Subdirección General de Centros y Emprendimiento. Esto no existe: la Subdirección General de Centros y Programas es un órgano dependiente de la Dirección General de Planificación y Gestión Educativa que depende, a su vez, de la Secretaría de Estado de Educación del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes.
RD 1027/1993.
Según el artículo 8 del Real Decreto 1027/1993, de 25 de junio, por el que se regula la acción educativa en el exterior, la creación de centros docentes de titularidad del Estado español en el extranjero corresponde: Al Gobierno, mediante Real Decreto aprobado en Consejo de ministros, a propuesta conjunta de los ministros de Educación y Ciencia y de Asuntos Exteriores.
Según el artículo 11 del Real Decreto 1027/1993, de 25 de junio, por el que se regula la acción educativa en el exterior: Los centros completarán su oferta educativa con la organización de actividades de proyección cultural, coordinadas con los servicios culturales de las respectivas Embajadas de España y, en su caso, con los centros del Instituto Cervantes (no con la Consejería de Educación).
Según el artículo 12 del Real Decreto 1027/1993, de 25 de junio, por el que se regula la acción educativa en el exterior, el calendario de los centros de titularidad del Estado español en el extranjero: Se acomodará a las condiciones del país donde estén situados y será aprobado por el Ministerio de Educación y Ciencia.
Según el artículo 28 del Real Decreto 1027/1993, de 25 de junio, por el que se regula la acción educativa en el exterior, la Administración española creará centros de recursos didácticos allí donde existan condiciones y demanda adecuadas, a ser posible en colaboración con: Instituciones educativas extranjeras.
Según el artículo 28 del Real Decreto 1027/1993, de 25 de junio, por el que se regula la acción educativa en el exterior, los centros de recursos didácticos ejercerán, entre otras, las siguientes funciones: Establecer un sistema de préstamo que permita a las instituciones educativas utilizar estos fondos bibliográficos y audiovisuales.
Y no es una función constituir bases de datos informatizadas para la enseñanza de la lengua y la cultura españolas.
Según el artículo 28 del Real Decreto 1027/1993, de 25 de junio, por el que se regula la acción educativa en el exterior, los centros de recursos didácticos ejercerán, entre otras, las siguientes funciones: Establecer un sistema de préstamo que permita a las instituciones educativas utilizar estos fondos bibliográficos y audiovisuales.
RD 1137/2002. DELE.
Según el artículo 3 del Real Decreto 1137/2002, de 31 de octubre, por el que se regulan los «diplomas de español como lengua extranjera (DELE)», el diploma de español nivel B1 acredita la capacidad de: Comprender los puntos principales de textos orales y escritos en variedades normalizadas de la lengua y que no sean excesivamente localizadas, siempre que versen sobre asuntos conocidos, ya sean estos relacionados con el trabajo, el estudio o la vida cotidiana.
RD 1138/2002
Según el artículo 10 del Real Decreto 1138/2002, de 31 de octubre, por el que se regula la Administración del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte en el exterior, con carácter previo a las prórrogas previstas, todos los asesores técnicos serán objeto de una evaluación llevada a cabo por:
Una Comisión integrada por
el respectivo Consejero de Educación,
un Inspector de Educación del Departamento y
un funcionario de la Subdirección General de Cooperación Internacional (UAEE), designados por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.
Según el artículo 18 del Real Decreto 1138/2002, por el que se regula la Administración del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte en el exterior, los Directores de los centros docentes de titularidad del Estado español serán nombrados: Libremente por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, oído el Claustro de Profesores y, en su caso, el Consejo Escolar, entre funcionarios docentes destinados en el centro en el que hayan presentado su candidatura y que reúnan las condiciones específicas que dicho Departamento establezca para el ejercicio de la dirección.
Resolución de 3 de mayo de 2024. Convenio entre el MEFPD y el IC.
Según la Resolución de 3 de mayo de 2024, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes y el Instituto Cervantes, para la realización de las pruebas para la obtención de los «Diplomas de Español como lengua extranjera» en los programas de la acción educativa exterior, el Instituto Cervantes aplicará al alumnado de los centros de la red International Spanish Academies, en concepto de derecho de inscripción para la realización de las pruebas para la obtención de los DELE, una deducción: De un 50 %.
El apartado IX de la Resolución de 3 de mayo de 2024, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes y el Instituto Cervantes para la realización de las pruebas para la obtención de los «Diplomas de Español como lengua extranjera» en los programas de la acción educativa exterior contempla la posibilidad de establecer unas condiciones especiales y preferentes para que el alumnado de los programas de la acción educativa exterior pueda realizar los exámenes para la obtención de los diplomas DELE para escolares y DELE general en: La convocatoria general de mayo (noviembre en el caso de países con calendario austral) y en otras convocatorias generales, siempre y cuando el centro del Instituto Cervantes organizador en cada caso lo considere viable y relevante.
Resolución de 4 de mayo de 2022. MRCDD.
Según la Resolución de 4 de mayo de 2022, de la Dirección General de Evaluación y Cooperación Territorial, por la que se publica el Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Educación, sobre la actualización del marco de referencia de la competencia digital docente, el marco de referencia de la competencia digital docente se compone de 6 áreas entre las que se encuentran: “Compromiso profesional” y “Empoderamiento del alumnado”.
Las 6 áreas son:
1. Compromiso profesional.
2. Contenidos digitales.
3. Enseñanza y aprendizaje.
4. Evaluación y retroalimentación.
5. Empoderamiento del alumnado.
6. Desarrollo de la CD del alumnado.
Resolución de 4 de noviembre de 2024. Currículo LEL y GHE para centros títulos ESO y BAC.
El anexo de la Resolución de 4 noviembre de 2024, de la Secretaría de Estado de Educación, por la que se aprueban orientaciones curriculares de las enseñanzas de «Lengua Española y Literatura» y de «Geografía e Historia de España» para los programas de educación en el exterior que, en el marco de sistemas educativos extranjeros, conducen a la obtención de los títulos españoles de Graduado de Educación Secundaria Obligatoria y de Bachiller, indica: Que corresponde a los centros educativos desarrollar los criterios de evaluación.
En el anexo de la Resolución de 4 de noviembre de 2024, de la Secretaría de Estado de Educación, por la que se aprueban orientaciones curriculares de las enseñanzas de «Lengua Española y Literatura» y de «Geografía e Historia de España» para los programas de educación en el exterior que, en el marco de sistemas educativos extranjeros, conducen a la obtención de los títulos españoles de Graduado de Educación Secundaria Obligatoria y de Bachiller, se indica que: La enseñanza de la «Geografía e Historia de España» en los programas españoles en el exterior constituye un medio propicio (no esencial ni secundario) para la promoción y difusión de la cultura y la lengua españolas en el marco de los sistemas educativos de otros países.
En el anexo de la Resolución de 4 noviembre de 2024, de la Secretaría de Estado de Educación, por la que se aprueban nuevas orientaciones curriculares de las enseñanzas de “Lengua Española y Literatura” y de “Geografía e Historia de España” para los programas de educación en el exterior que, en el marco de sistemas educativos extranjeros, conducen a la obtención de los títulos españoles de Graduado de Educación Secundaria Obligatoria y de Bachiller, se especifica que, en cada etapa, los contenidos se organizan en cuatro bloques, que son los siguientes:
La lengua y sus hablantes;
Comunicación;
Reflexión sobre la lengua;
Educación literaria.
Resolución de 6 de marzo de 2023. ALCEs.
Según la instrucción 6.1.1 de la Resolución de 6 de marzo de 2023, de la Secretaría de Estado de Educación y Formación Profesional por la que se dictan instrucciones para regular la organización y el funcionamiento de las enseñanzas complementarias de lengua y cultura españolas para el alumnado español residente en el exterior, el órgano encargado de velar por la adecuación permanente de las enseñanzas de lengua y cultura españolas a las necesidades educativas de cada país y a los diferentes niveles en que están estructuradas, en las agrupaciones de lengua y cultura españolas (ALCE), se denomina: Comisión técnica.
Según la instrucción 7.1.2 de la Resolución de 6 de marzo de 2023 de la Secretaría de Estado de Educación y Formación Profesional por la que se dictan instrucciones para regular la organización y el funcionamiento de las enseñanzas complementarias de lengua y cultura españolas para el alumnado español residente en el exterior, los candidatos o candidatas a ser directores o directoras de las ALCE deberían: Tener una antigüedad de, al menos, un año de experiencia de docencia directa en aula en las agrupaciones de lengua y cultura españolas.
Según la instrucción 7.3 de la Resolución de 6 de marzo de 2023 de la Secretaría de Estado de Educación y Formación Profesional por la que se dictan instrucciones para regular la organización y el funcionamiento de las enseñanzas complementarias de lengua y cultura españolas para el alumnado español residente en el exterior, en relación con el horario del profesorado de las agrupaciones de lengua y cultura españolas: De las treinta horas de presencia en las aulas y sedes de las agrupaciones, los docentes dedicarán como mínimo veintiuna a la impartición de clases, que estarán necesariamente distribuidas en cinco días a la semana.
Según la instrucción 11.12 de la Resolución de 6 de marzo de 2023 de la Secretaría de Estado de Educación y Formación Profesional por la que se dictan instrucciones para regular la organización y el funcionamiento de las enseñanzas complementarias de lengua y cultura españolas para el alumnado español residente en el exterior: Las familias o tutores o tutoras legales del alumno o de la alumna podrán solicitar al o a la docente aclaraciones sobre los resultados de su evaluación final y, en caso de disconformidad con esos resultados, podrán requerir su revisión en un escrito con las alegaciones que lo justifiquen en un plazo de 5 días hábiles desde la recepción del informe de evaluación.
Resolución de 28 de septiembre de 2022. Propuesta pedagógica en CTEE.
Según el apartado segundo de la Resolución de 28 de septiembre de 2022, de la Secretaría de Estado de Educación, por la que se establecen los criterios para la elaboración de la propuesta pedagógica de las etapas de educación infantil, educación primaria, educación secundaria obligatoria y bachillerato de los centros de titularidad del Estado español en el exterior, y se regulan determinados aspectos organizativos, se diseñará un plan de transición entre etapas cuya elaboración e implementación corresponde: A la comisión de coordinación pedagógica (CCP).
Según el apartado cuarto de la Resolución de 28 de septiembre de 2022, de la Secretaría de Estado de Educación, por la que se establecen los criterios para la elaboración de la propuesta pedagógica de las etapas de educación infantil, educación primaria, educación secundaria obligatoria y bachillerato de los centros de titularidad del Estado español en el exterior, y se regulan determinados aspectos organizativos, si por algún motivo justificado resultara necesaria una modificación a la propuesta autorizada para alguna de las etapas educativas que se imparten en un centro, el equipo directivo realizará la propuesta a la consejería: Antes de la conclusión del segundo trimestre del curso escolar.
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