LEGISLACIÓN VII: RD 1137/2002: DELE

 Doc25, 24

Según el artículo 3 del Real Decreto 1137/2002, de 31 de octubre, por el que se regulan los «diplomas de español como lengua extranjera (DELE)», el diploma de español nivel B1 acredita la capacidad de: Comprender los puntos principales de textos orales y escritos en variedades normalizadas de la lengua y que no sean excesivamente localizadas, siempre que versen sobre asuntos conocidos, ya sean estos relacionados con el trabajo, el estudio o la vida cotidiana. No es:

- Comprender lo esencial de textos orales y escritos complejos, incluso aunque versen sobre

temas abstractos...Esto es el B2.

- Desenvolverse con soltura al procesar una amplia variedad de textos...Esto es el C1.

- Desenvolverse en cualquier situación en la que se requiera comprender prácticamente todo

lo que se oye o se lee...Esto es el C2.

Artículo 3. Niveles de competencia lingüística acreditados por los distintos diplomas

1. El diploma de español nivel A1 acredita la competencia lingüística suficiente para comprender y utilizar expresiones cotidianas de uso muy frecuente en cualquier lugar del mundo hispanohablante, encaminadas a satisfacer necesidades inmediatas; para pedir y dar información personal básica sobre sí mismo y sobre su vida diaria y para interactuar de forma elemental con hablantes, siempre que éstos hablen despacio y con claridad y estén dispuestos a cooperar. 

2. El diploma de español nivel A2 acredita la capacidad del usuario de la lengua para comprender y utilizar expresiones cotidianas de uso frecuente en todo el ámbito hispánico, relacionadas casi siempre con áreas de experiencia que le sean especialmente relevantes por su inmediatez (información básica sobre sí mismo y sobre su familia, compras y lugares de interés, ocupaciones, etc.); para realizar intercambios comunicativos sencillos y directos sobre aspectos conocidos o habituales y para describir en términos sencillos aspectos de su pasado y de su entorno, así como para satisfacer cuestiones relacionadas con sus necesidades inmediatas. 

3. El diploma de español nivel B1 acredita la capacidad del usuario de la lengua para comprender los puntos principales de textos orales y escritos en variedades normalizadas de la lengua y que no sean excesivamente localizadas, siempre que versen sobre asuntos conocidos, ya sean estos relacionados con el trabajo, el estudio o la vida cotidiana; para desenvolverse en la mayoría de las situaciones y contextos en que se inscriben estos ámbitos de uso y para producir asimismo textos sencillos y coherentes sobre temas conocidos o que sean de interés personal, tales como la descripción de experiencias, acontecimientos, deseos, planes y aspiraciones o la expresión de opiniones. 

4. El diploma de español nivel B2 acredita la capacidad del usuario de la lengua para comprender lo esencial de textos orales y escritos complejos, incluso aunque versen sobre temas abstractos, se presenten en diversas variedades del español o tengan un carácter técnico, principalmente si tratan sobre áreas de conocimiento especializado a las que se ha tenido acceso; para interactuar con todo tipo de hablantes con un grado suficiente de fluidez y naturalidad, de modo que la comunicación no suponga esfuerzos por parte de ningún interlocutor, y para producir textos claros y detallados sobre asuntos diversos, incluidos los que suponen análisis dialéctico, debate o defensa de un punto de vista. 

5. El diploma de español nivel C1 acredita capacidad del usuario de la lengua para desenvolverse con soltura al procesar una amplia variedad de textos orales y escritos de cierta extensión en cualquier variante de la lengua, reconociendo incluso en ellos sentidos implícitos, actitudes o intenciones; para expresarse con fluidez, espontaneidad y sin esfuerzo aparente para encontrar siempre la expresión adecuada a la situación y al contexto, ya se encuentre éste enmarcado en el ámbito social, laboral o académico, y por tanto para utilizar el idioma con flexibilidad y eficacia, demostrando un uso correcto en la estructuración de textos complejos y en el uso de los mecanismos de organización y cohesión que permiten articularlos. 

6. El diploma de español nivel C2 acredita la capacidad del usuario de la lengua para desenvolverse en cualquier situación en la que se requiera comprender prácticamente todo lo que se oye o se lee, independientemente de la extensión de los textos, de su complejidad o grado de abstracción, del grado de familiarización con los temas que tratan, de la variedad de la lengua que empleen o de la necesidad de realizar inferencias y otras operaciones para conocer su contenido; para expresarse de forma espontánea con gran fluidez y una  precisión semántica y gramatical, lo que permite diferenciar matices de significado incluso en ámbitos académicos o laborales con un alto grado de especialización y de complejidad.

As25, 23, 22, Doc24

Art. 4.1. Los alumnos que hayan obtenido el diploma de español nivel C2 y se incorporen al sistema educativo español por convalidación de estudios realizados en otro país quedarán exentos de realizar las pruebas de competencia en español que estén establecidas al efecto.

As22

Establecer los precios del DELE y gastos derivados es competencia del Consejo de Administración del IC. (art.6 RD 1137/02)

As23, Doc18

DELE: son expedidos por el MEFPD y, en su nombre, por el Dir. del IC. Art. 1.3

As23

En las equivalencias de los antiguos diplomas de español como lengua extranjera (DELE), en sus niveles inicial, intermedio y superior, a los diplomas previstos en Real Decreto 1137/2002, El diploma de español (nivel intermedio) equivale al diploma de español (nivel B2). 

Disposición adicional segunda. Equivalencia entre los diplomas de español como lengua extranjera. Los antiguos diplomas de español en sus niveles inicial, intermedio y superior equivaldrán, a todos los efectos, a los diplomas previstos en el presente real decreto, en los siguientes términos: 

a) El diploma de español (nivel inicial) equivaldrá al diploma de español (nivel B1). 

b) El diploma de español (nivel intermedio) equivaldrá al diploma de español (nivel B2). 

c) El diploma de español (nivel superior) equivaldrá al diploma de español (nivel C2).

Doc17

DELE: puede ser obtenido por los nacionales cuya lengua oficial no sea el español, previa superación de las pruebas de examen establecidas. Art. 2a 

¿puede una persona con nacionalidad española presentarse al DELE? 

Las personas con nacionalidad española sí pueden presentarse al DELE únicamente si:

  1. Residen en el extranjero, y

  2. Proceden de países o comunidades donde el español no es lengua oficial.

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