PCT EcoDigEdu (Resolución de 10 de septiembre de 2021)

 Las tres actuaciones del PCT (Programa de Cooperación Territorial)  #EcoDigEdu están recogidas en la Resolución de 10 de septiembre de 2021, de la Secretaría de Estado de Educación, que publica el Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Educación del 21 de julio de 2021 y están alineadas con las prioridades estratégicas establecidas desde la Comisión Europea para la digitalización del ámbito educativo en el Plan de Acción de Educación Digital (2021-2027) e, igualmente, con las líneas de acción del Plan de Recuperación europeo, que incluye el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia de la UE:

  • Actuación 1: Dotación de dispositivos portátiles para la reducción de la brecha digital de acceso por parte del alumnado.
  • Actuación 2: Instalación de Aulas Digitales Interactivas, en adelante ADI, en centros educativos.
  • Actuación 3: Capacitación técnica del profesorado en el funcionamiento de las dotaciones que reciban los centros educativos.

Con dichas actuaciones se pretende mejorar la dotación de las aulas para garantizar el acceso a medios digitales adecuados para el desarrollo de la actividad educativa. De esta forma se proporciona a los centros educativos un marco adecuado en cuanto a medios digitales, que les facilite el diseño y desarrollo de un Plan de Actuación Digital personalizado y adecuado a su comunidad escolar.

Este Plan se articula en torno a los siguientes ejes:

– Línea 1: Competencia Digital Educativa del alumnado, del profesorado y de los centros educativos

– Línea 2: Digitalización de los Centros Educativos

– Línea 3: Creación de Recursos Educativos Abiertos (REA) en formato digital

– Línea 4: Metodologías y competencias digitales avanzadas

El Plan de Digitalización y Competencias Digitales del Sistema Educativo está alineado con las recientes iniciativas presentadas por la Comisión Europea: el Plan de Acción de Educación Digital (2021-2027)(1) y el Espacio Europeo de Educación(2). A su vez, está contextualizado en una agenda estratégica de amplio alcance para la transformación digital: España Digital 2025(3). El tercer eje estratégico de esta agenda –reforzar las competencias digitales de los trabajadores y del conjunto de la ciudadanía– fija para el sistema educativo el siguiente objetivo específico: dotar al alumnado de competencias digitales avanzadas y de la capacidad para mantenerlas actualizadas, desde una perspectiva inclusiva que garantice su desarrollo en todos los colectivos, así como fomentar vocaciones digitales prestando especial atención a la eliminación de la brecha de género.

La importancia de la competencia digital y su desarrollo para una educación digital de calidad, inclusiva y accesible se hace patente, del mismo modo, en el Plan de Acción de Educación Digital 2021-2027 de la Comisión, que establece dos prioridades: fomentar el desarrollo de un ecosistema educativo digital de alto rendimiento y perfeccionar competencias y capacidades digitales para la transformación digital. Estas prioridades marcan las acciones que los estados miembros abordan para mejorar la educación y adecuarla a la sociedad actual y a los procesos globales de digitalización que se están experimentando además de contribuir a garantizar, por parte del sistema educativo, el derecho a la educación digital recogido en el artículo 83 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.

la perspectiva debe ser flexible y estar abierta a la continua evolución de estas tecnologías. En este mismo sentido, se ha de considerar que la competencia digital es, actualmente, además de un objeto de conocimiento y desarrollo competencial, un medio insustituible para promover el aprendizaje en cualquier ámbito. Asimismo, la pandemia del SARS-CoV-2 ha extendido la ya creciente implantación de modalidades de aprendizaje en línea y mixtas.

las competencias educativas están transferidas a las comunidades autónomas, por lo que la fórmula idónea para llevar a cabo estas actuaciones es el desarrollo de programas de cooperación territorial que faciliten la coordinación y colaboración entre el Ministerio de Educación y Formación Profesional y las administraciones educativas de las CCAA.

debe tenerse en cuenta que este objetivo solo puede ser alcanzado a medio plazo, por lo que este PCT tendrá un carácter plurianual. En él se abordarán factores considerados clave para el éxito de la mencionada medida: el desarrollo de la competencia digital del profesorado -entendida como parte consustancial a sus actuaciones pedagógicas y didácticas y a las funciones docentes- y el diseño e implementación en todos los centros de un Plan Digital integrado en su Proyecto Educativo. Se podrá comenzar con la creación de una estructura dentro de las administraciones educativas que permita coordinar a los centros en la mejora de la competencia digital. En segundo lugar, debe tener lugar la formación del personal docente que habrá de liderar los Planes Digitales de Centro con vistas a iniciar su diseño, para continuar, con actuaciones orientadas al desarrollo individual de la competencia digital de todos los docentes. Con ello se logrará el propósito de que puedan adaptar, de forma rápida y adecuada, su desempeño al centro en el que impartan docencia, adoptando las pautas del Proyecto Educativo y del Plan Digital en la enseñanza-aprendizaje con su alumnado, en la comunicación con los agentes de la comunidad educativa, especialmente las familias, en la coordinación con el equipo docente al que pertenecen y en lo relativo a los aspectos organizativos del centro.

Para orientar las actuaciones recogidas en este PCT, se emplearán:

– En cuanto a los centros educativos, el Marco Europeo para Organizaciones Educativas Digitalmente Competentes (DigCompOrg(5)), el Plan Digital de centro (6) y la herramienta SELFIE (7) de la Comisión Europea publicada en 2018 como recurso para la autorreflexión de los centros educativos en relación con la integración de las tecnologías educativas en los procesos de enseñanza-aprendizaje.

– Con respecto al profesorado, el Marco de Referencia de la Competencia Digital Docente acordado el 14 de mayo de 2020 por la Conferencia Sectorial de Educación y publicado mediante Resolución de 2 de julio de 2020 en el BOE de 13 de julio. Debe tenerse presente que el Acuerdo sobre el Marco de Referencia de la Competencia Digital Docente recoge que dicho documento «se debe someter a una evolución y adaptación continua y, por tanto, estará sujeto a revisiones periódicas».

La finalidad última de la puesta en marcha de este plan es la de mejorar el desarrollo de la competencia digital del alumnado y el uso de las tecnologías digitales en el aprendizaje a través del desarrollo de la competencia digital del profesorado -tanto individual como colegiada- y de la transformación de los centros en organizaciones educativas digitalmente competentes.

Los objetivos finales del PCT para la Mejora de la Competencia Digital Educativa #CompDigEdu que suscribirían todas las administraciones educativas (MEFP y administraciones educativas en las CCAA), para cuya consecución está previsto un plazo de 3 años, son los siguientes:

– Lograr que todos los centros dispongan de un Plan Digital integrado en su Proyecto Educativo que estructure las estrategias organizativas y académicas emprendidas de forma colectiva para la transformación del centro en una organización educativa digitalmente competente.

– Facilitar que el profesorado alcance, al menos, un nivel intermedio en el desarrollo de su competencia digital y un nivel avanzado para los miembros del equipo responsable de los Planes Digitales de Centro. La denominación de estos niveles es genérica y será concretada o sustituida por la que se establezcan en el marco actualizado.

– Certificar el grado de competencia digital del profesorado.

Comentarios

Entradas populares de este blog

ALCES: INSTRUCCIONES OPERATIVAS DE 27 DE MARZO DE 2023 DE LA UNIDAD DE ACCIÓN EDUCATIVA EXTERIOR PARA COMPLEMENTAR LA RESOLUCIÓN DE 6 DE MARZO DE 2023 SOBRE LAS ENSEÑANZAS DE LENGUA Y CULTURA ESPAÑOLAS. (27/03/2023)

CTEE: propuesta pedagógica INTEGRADA EN EL PEC: OF Y PCE: Resolución de 28 de septiembre de 2022, de la Secretaría de Estado de Educación

ORDEN EFP/678/22 DE EP