CUÁL ES EL PROCEDIMIENTO CUANDO UN PROFESOR QUIERE RETORNAR A ESPAÑA

 Perfecto, vamos a analizarlo paso a paso con precisión. Según la Orden ECI/493/2004, que regula aspectos de los profesores de centros en el exterior (CTEE), el procedimiento para que un docente que presta servicios en un CTEE desee retornar a España se estructura de la siguiente manera:


1. Comunicación de la intención de retorno

  • El profesor interesado debe manifestar su deseo de retornar al Ministerio de Educación o a la unidad correspondiente del MEFD (SGT) con la debida antelación, en el 1º trimestre.

  • Esto suele implicar presentar una solicitud formal indicando el curso académico a partir del cual desea reincorporarse a un puesto en España.


2. Solicitud y documentación

  • Junto a la solicitud, el docente debe aportar:

    • Copia de su documentación personal y académica (DNI, título, certificaciones).

    • Informe de servicio prestado en el CTEE (años de experiencia, funciones realizadas).

    • Cualquier otro documento que acredite méritos para la reincorporación.


3. Trámite de autorización

  • La Subdirección General de Personal Docente en el Exterior o el órgano equivalente analiza la solicitud:

    • Verifica que el profesor cumple los requisitos establecidos en la convocatoria.

    • Comprueba que no haya obligaciones pendientes con el CTEE (por ejemplo, cumplimiento mínimo del tiempo de permanencia).


4. Asignación de destino en España

  • Si la solicitud es aprobada, se procede a la adscripción a un centro educativo en España.

  • La asignación puede depender de:

    • La disponibilidad de plazas en el ámbito de la especialidad y etapa educativa del docente.

    • Los méritos acreditados (antigüedad, experiencia, desempeño en el CTEE).

  • La adscripción puede ser:

    • Definitiva, si hay vacantes permanentes.

    • Provisional, en caso de plazas temporales o interinas.


5. Formalización del retorno

  • Una vez asignado el centro en España, el docente:

    • Recibe la notificación oficial de su destino.

    • Debe tramitar su incorporación siguiendo los procedimientos administrativos normales (alta en el centro, expedientes de personal, etc.).


6. Plazos

  • La orden establece que estas solicitudes deben realizarse con suficiente antelación al inicio del curso académico para garantizar la planificación del personal en España y en los CTEE.


💡 Resumen práctico:
El docente en un CTEE que quiera volver a España debe solicitarlo formalmente al MEFD, presentar documentación y méritos, esperar la autorización, y una vez aprobada, ser adscrito a un centro español según plazas disponibles y criterios de prioridad.


Aquellos Asesores Técnicos o profesores que no

deseen prorrogar su permanencia en el puesto de trabajo

que desempeñen en el exterior, deberán solicitar su retorno

a España antes de que finalice el primer trimestre

del último año del período de adscripción correspondiente,

mediante escrito dirigido a la Secretaría General

Técnica del Departamento, manifestando su deseo de

retornar a España al finalizar el curso académico.

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