Funcionarios docentes como autoridad pública
¿Los profesores de la enseñanza pública son autoridad pública? 🎓
Sí, desde la LOMLOE
La LOE modificada por LOMLOE establece en el artículo 124.3:
El profesorado y los miembros del equipo directivo de los centros docentes públicos tendrán la consideración de autoridad pública en el ejercicio de sus funciones.
Esto implica
Los profesores públicos tienen:
- protección penal reforzada
- presunción de veracidad
- consideración de autoridad en el ejercicio docente
- protección frente a agresiones
👉 No es una autoridad administrativa como la inspección, pero sí autoridad pública en el ejercicio de la función docente.
1. Qué protección tiene una autoridad pública ⚖️
La protección se articula principalmente en tres niveles:
a) Protección penal
El Código Penal (arts. 550–556) establece delitos específicos contra la autoridad:
- Atentado contra la autoridad (art. 550): agresión o intimidación grave.
- Resistencia y desobediencia (art. 556).
- Amenazas o coacciones contra autoridad.
- Desacato (hoy integrado en atentado o desobediencia).
Consecuencia
Las penas son más graves cuando la víctima es autoridad o funcionario público en el ejercicio de sus funciones.
👉 Es la principal protección jurídica.
El ordenamiento jurídico español protege a las autoridades públicas mediante la presunción de veracidad, la protección administrativa del Estatuto Básico del Empleado Público y la protección penal del Código Penal frente a atentados, amenazas o desobediencia. En el ámbito educativo, la LOE reconoce la condición de autoridad pública a los inspectores de educación (art. 153) y, tras la LOMLOE, también al profesorado y equipos directivos en el ejercicio de sus funciones (art. 124.3), lo que refuerza su protección jurídica y su reconocimiento institucional.
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